Isabela, Puerto Rico                                              Viernes, 31 de octubre de 2003 /  Actualizado:  8:41  a.m.

 

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LA NACIÓN 

Piden extraditar e imponer pena de muerte

 

  

Cámara de la muerte

lítico puertorriqueño

Por Edgardo Román

Bandera Roja

 

Un viejo fantasma recorre nuestras costas y pretende regresar a formar parte del esquema penal en Puerto Rico. La fiscalía federal pretende la ejecución de los acusados de delitos federales que acarreen la pena de muerte, mientras el gobernador de Pennsylvania ha solicitado la extradición de tres puertorriqueños para que enfrenten un proceso judicial en el que se exponen a ser condenados a la pena de muerte. Todo ello ha provocado nuestro repudio, pues en Puerto Rico existe una larga y profunda tradición jurídica abolicionista. El caso de extradición está sometido y en espera de ser resuelto.

Pennsylvania es uno de los estados que componen los Estados Unidos que más impone la pena capital a las minorías. En un artículo publicado por la American Civil Liberties Union (ACLU) sobre la raza y la pena de muerte, se desprende que la mayor cantidad de ejecuciones de grupos minoritarios en los EE.UU. ocurren por las cortes militares con un 86%; en Colorado, 80%; por el gobierno federal, 77%; en Luisiana, 72%; y en Pennsylvania con 70%. De ese 70% de casos donde se acusa por delito donde se puede solicitar la pena de muerte, un estudio en 1988 indicó que las oportunidades que tiene un acusado en estos casos de no ser acusado con la pena capital, aún con evidencia de la misma calidad, depende del distrito judicial donde su caso sea procesado. El Fiscal de Distrito de Filadelfia, Pennsylvania solicita la pena de muerte en casi todos los casos que técnicamente cualifiquen para dicha acusación, entre estos está el asesinato en primer grado.

Por años, estudio tras estudio ha establecido una conexión entre la raza del acusado y la aplicación de la pena de muerte. En Filadelfia, para diciembre del 2001, los condenados a la pena capital eran 135 hombres y mujeres, una cantidad virtualmente mayor que 42 otros estados. De éstos, el noventa por ciento (90%) son minorías étnicas o raciales. Un informe del “Pennsylvania Capital Representation Project” revela que Filadelfia, al comparársele con otros condados de igual población tiene el mayor número de personas acusadas clasificadas como minorías raciales con ciento veintiún (121) acusados. Para la década de los noventa, la cantidad de latinos en Filadelfia condenados a la pena de muerte era 35% más alta que la de Los Angeles, California que tiene 9.5 millones de habitantes, comparado con Filadelfia que sólo cuenta con 1.5 millones de habitantes.

El proceso de abolición de la pena de muerte en Puerto Rico experimentó cuatro etapas. En el 1917 se aprobó legislación que abolió temporalmente la pena de muerte en Puerto Rico hasta el 30 de abril de 1921, con un efecto “retroactivo aplicable a los reos condenados a muerte cuya pena no hubiera sido efectuada”. En los años 1921, 1923 y 1925 el Senado de Puerto Rico trató sin éxito de que se aprobara la legislación aboliendo la pena de muerte. La abolición estatutaria ocurrió en el 1929, “aplicable a los reos que fueren convictos de delitos que aparejan pena de muerte por hechos ocurridos antes de la aprobación de esta Ley.” Finalmente en el 1952 se elevó a rango constitucional la concepción de un estado que no impone la muerte a sus ciudadanos culpables de delitos.

La pena de muerte es un castigo cruel que NO sirve para prevenir el crimen. Es siempre utilizada contra los más pobres. En los EE.UU. es utilizada desproporcionadamente contra los negros y los latinos. Un estudio realizado por la Universidad de Columbia sobre las sentencias a pena de muerte en ese país, revela que estos casos están plagados de errores y prejuicios en un 68 %. La mayor parte de los problemas consisten en representación legal inadecuada y en evidencia cuestionable.

  

 

   

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